# | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
Sanción | Multa (UTA) |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | El establecimiento industrial superó los límites máximos respecto de los parámetros coliformes fecales, tetracloroeteno, pentaclorofenol y boro establecidos en la Tabla N° 2 del D.S. N° 90/2000, durante el período controlado de los meses que se detallan en la Tabla N° 1 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:337/2003 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1.3 |
2 | El establecimiento industrial, no informó el remuestreo de los parámetros coliformes fecales, tetracloroeteno y boro, durante el período de control que se detalla en la Tabla N° 2 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:337/2003 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1.5 |
3 | El establecimiento industrial no cumplió con la frecuencia de monitoreo establecida en la Res. Ex. N° 3455/2011 SISS, para los parámetros pH, caudal, coliformes fecales y temperatura, para los períodos que se indican en la Tabla N° 3 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:337/2003 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 18 |
4 | El establecimiento industrial no informó ningún parámetro el mes de junio de 2013, y no informó el parámetro tetracloroeteno para el mes de diciembre de 2013, tal como se indica en la Tabla N° 4 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:337/2003 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 14 |
5 | El establecimiento industrial superó los límites máximos respecto de los parámetros coliformes fecales, tetracloroeteno, pentaclorofenol y boro establecidos en la Tabla N° 2 del D.S. N° 90/2000, durante el período controlado de los meses que se detallan en la Tabla N° 1 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:360/2005 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1.3 |
6 | El establecimiento industrial, no informó el remuestreo de los parámetros coliformes fecales, tetracloroeteno y boro, durante el período de control que se detalla en la Tabla N° 2 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:360/2005 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1.5 |
7 | El establecimiento industrial no cumplió con la frecuencia de monitoreo establecida en la Res. Ex. N° 3455/2011 SISS, para los parámetros pH, caudal, coliformes fecales y temperatura, para los períodos que se indican en la Tabla N° 3 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:360/2005 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 18 |
8 | El establecimiento industrial no informó ningún parámetro el mes de junio de 2013, y no informó el parámetro tetracloroeteno para el mes de diciembre de 2013, tal como se indica en la Tabla N° 4 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:360/2005 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 14 |
9 | El establecimiento industrial superó los límites máximos respecto de los parámetros coliformes fecales, tetracloroeteno, pentaclorofenol y boro establecidos en la Tabla N° 2 del D.S. N° 90/2000, durante el período controlado de los meses que se detallan en la Tabla N° 1 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:561/2010 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1.3 |
10 | El establecimiento industrial, no informó el remuestreo de los parámetros coliformes fecales, tetracloroeteno y boro, durante el período de control que se detalla en la Tabla N° 2 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:561/2010 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1.5 |
11 | El establecimiento industrial no cumplió con la frecuencia de monitoreo establecida en la Res. Ex. N° 3455/2011 SISS, para los parámetros pH, caudal, coliformes fecales y temperatura, para los períodos que se indican en la Tabla N° 3 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:561/2010 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 18 |
12 | El establecimiento industrial no informó ningún parámetro el mes de junio de 2013, y no informó el parámetro tetracloroeteno para el mes de diciembre de 2013, tal como se indica en la Tabla N° 4 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
RCA:561/2010 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 14 |
13 | El establecimiento industrial superó los límites máximos respecto de los parámetros coliformes fecales, tetracloroeteno, pentaclorofenol y boro establecidos en la Tabla N° 2 del D.S. N° 90/2000, durante el período controlado de los meses que se detallan en la Tabla N° 1 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
NE:90/2000 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1.3 |
14 | El establecimiento industrial, no informó el remuestreo de los parámetros coliformes fecales, tetracloroeteno y boro, durante el período de control que se detalla en la Tabla N° 2 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
NE:90/2000 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1.5 |
15 | El establecimiento industrial no cumplió con la frecuencia de monitoreo establecida en la Res. Ex. N° 3455/2011 SISS, para los parámetros pH, caudal, coliformes fecales y temperatura, para los períodos que se indican en la Tabla N° 3 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
NE:90/2000 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 18 |
16 | El establecimiento industrial no informó ningún parámetro el mes de junio de 2013, y no informó el parámetro tetracloroeteno para el mes de diciembre de 2013, tal como se indica en la Tabla N° 4 de la Res. Ex. N° 1/Rol F-038-2015. |
NE:90/2000 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 14 |