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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-028-2014

Fecha Inicio : 27-02-2014

Fecha Término: 25-08-2014

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 1 U.T.A. / Estado Pago : Pendiente

Ir a Registro Público Sanción

Unidad fiscalizable

  • COMUNIDAD EDIFICIO NEOURBANO
    Ñuñoa - Región Metropolitana

Titular

  • COMUNIDAD EDIFICIO NEOURBANO
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Unidad fiscalizable

  • COMUNIDAD EDIFICIO NEOURBANO
    Ñuñoa - Región Metropolitana

Titular

  • COMUNIDAD EDIFICIO NEOURBANO
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Memorándum designación fiscal instructor y suplente Otros 24-02-2014 Descargar
2 Formulación de cargos Formulación de Cargos 27-02-2014 Descargar
3 Dictamen Comunidad Edificio Neourbano Dictamen 11-08-2014 Descargar
4 Resolución final Resolución Sancionatoria 25-08-2014 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 El incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 12 y 18 del Decreto Supremo 4 de 1992, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y 'Grupales, complementado por lo establecido en los artículos 4 y 11 de la Resolución Exenta 15027 de 1994, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, que establece el Procedimiento de Declaración de Emisiones para Fuentes Estacionarias que Indica. NE:4/1992
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h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 El incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 49, 55, 56 y 97 del Decreto Supremo 66 de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Plan de Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana. PPDA:66/2009
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c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2013-7265-XIII-NE-IA 2013 Ver detalle
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 El incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 12 y 18 del Decreto Supremo 4 de 1992, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y 'Grupales, complementado por lo establecido en los artículos 4 y 11 de la Resolución Exenta 15027 de 1994, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, que establece el Procedimiento de Declaración de Emisiones para Fuentes Estacionarias que Indica. NE:4/1992
Link Detalle
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Amonestación por Escrito No aplica
2 El incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 49, 55, 56 y 97 del Decreto Supremo 66 de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Plan de Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana. PPDA:66/2009
Link Detalle
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 1