# | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
Sanción | Multa (UTA) |
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1 | El establecimiento industrial, no informó en los autocontroles correspondientes a los meses de Abril, Junio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre del año 2013 y los meses de Enero y Febrero del año 2014, con la frecuencia requerida en su programa de monitoreo, los parámetros que se indican en la Tabla N° 1 de la presente resolución. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 8.5 |
2 | El establecimiento industrial presentó respecto a una de las muestras informadas, la superación de más de un 100% del límite máximo en uno o más contaminantes, durante el período controlado de julio del año 2013, tal como se indica en la Tabla N° 2 de la presente resolución. |
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1 |
3 | El establecimiento industrial no informó los remuestreos del período de control del mes de Julio del año 2013, tal como se indica en la Tabla N° 3 de la presente resolución. |
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Absolución | No aplica |