# | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
Sanción | Multa (UTA) |
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1 | Incumplimientos de los compromisos de monitoreo asumidos en materia de ruidos, lo que se constata en: a) Realización parcial de los monitoreos comprometidos para la etapa de construcción, según se detalla en los considerandos 61°, 62° y 63° de la Resolución Exenta N° 9 / Rol D-096-2018. b) Realización inadecuada de los monitoreos comprometidos para el primer año de la etapa de operación, toda vez que 188 de las 318 mediciones de ruido realizadas se han hecho en condiciones que no permiten asegurar la existencia del efecto corona, según se detalla en la Tabla 5 de la Resolución Exenta N° 9 / Rol D-096-2018. |
RCA:1608/2015 Link Detalle |
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental | Graves e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 730 |
2 | Superación de los niveles máximos permisibles de presión sonora corregida para Zona Rural en horario diurno y nocturno, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 38/2011, según se especifica en la Tabla 6 de la Resolución Exenta N° 9 / Rol D-096-2018. |
NE:38/2011 Link Detalle |
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda | Graves b) Hayan generado un riesgo significativo para la salud de la población. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 1000 |