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Registro Público de Sanciones

Expediente: P-002-2019

Fecha Inicio : 19-11-2018

Fecha Término: 30-09-2021

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 227,2 U.T.A.

Estado Pago : Pendiente

Detalle Sanción:
1 Absolución, 7 Multa de una a diez mil U.T.A.

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Unidad fiscalizable

Titular

  • OSCAR MIGUEL DONAIRE DONOSO
  • SOC ELABORADORA DE ACEITUNAS Y ENCURTIDOS DE TIL-TIL LIMITADA
  • PEDRO LITARIO VICENCIO HIDALGO
  • SERGIO OMAR ORTEGA HERNANDEZ
  • SERAFIN ANTONIO AGUILAR ROJAS
  • CESAR ANTONIO HERRERA GOMEZ
  • JUAN FRANCISCO GAETE CARTAGENA
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Unidad fiscalizable

Titular

  • OSCAR MIGUEL DONAIRE DONOSO
  • SOC ELABORADORA DE ACEITUNAS Y ENCURTIDOS DE TIL-TIL LIMITADA
  • PEDRO LITARIO VICENCIO HIDALGO
  • SERGIO OMAR ORTEGA HERNANDEZ
  • SERAFIN ANTONIO AGUILAR ROJAS
  • CESAR ANTONIO HERRERA GOMEZ
  • JUAN FRANCISCO GAETE CARTAGENA
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 Ineficacia del sistema de tratamiento para cumplir su objetivo ambiental, lo que se constata por las siguientes circunstancias: a. Incapacidad de abatimiento de parámetros de NTK, Cl, CaCO3, Na y Aceites y Grasas. b. Haberse constatado al detención de la planta de tratamiento en inspección ambiental de 30 de julio de 2018, constatándose envío de RILes a la planta. RCA:466/2008
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A. 59
2 Efectuar un manejo de lodos diverso al aprobado ambientalmente. RCA:466/2008
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 33
3 Incumplimiento parcial de las medidas provisionales del artículo 48 letras a), b), y f) de la LO-SMA, ordenadas por la Resolución Exenta N° 1315, de 19 de octubre de 2018, en los términos indicados en los considerandos 83 al 95 de la presente Resolución. - l) El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las medidas provisionales previstas en el artículo 48 Graves
f) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
Multa de una a diez mil U.T.A. 56
4 No cargar la información asociada a la RCA N° 466/2008, en virtud de lo requerido por las Instrucciones generales impartidas por la SMA. RSMA:1518/2013
Link Detalle
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 3.6
5 No reportar información asociada a remuestreo indicado en la tabla N° 8 de la presente Resolución, comprendidos en el período 2013 a la fecha. NE:46/2002
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 26.3
6 No analizar todos los parámetros establecidos en la Tabla N° 1 del artículo 10 del D.S. N° 46/2002, en el periodo 2015, 2016, 2017. NE:46/2002
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 20.8
7 No reportar los reportes de autocontroles indicados en la tabla N° 7, durante el período 2013 a la fecha. NE:46/2002
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 28.5
8 No determinar la calidad natural del acuífero al haberse determinado Vulnerabilidad Alta. NE:46/2002
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Absolución No aplica