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Registro Público de Sanciones

Expediente: F-100-2020

Fecha Inicio : 18-12-2020

Fecha Término: 13-10-2021

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 1,6 U.T.A.

Estado Pago : Pendiente

Detalle Sanción:
1 Multa de una a diez mil U.T.A.

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Unidad fiscalizable

  • HOTEL NAGUILÁN
    Valdivia - Región de Los Ríos

Titular

  • SOCIEDAD COMERCIAL INDUSTRIAL Y DE TURISMO NAGUILAN SPA
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Unidad fiscalizable

  • HOTEL NAGUILÁN
    Valdivia - Región de Los Ríos

Titular

  • SOCIEDAD COMERCIAL INDUSTRIAL Y DE TURISMO NAGUILAN SPA
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 Haber operado, con fecha 30 de agosto de 2020, a las 19:15 horas, las calderas a petróleo con una potencia mayor a 75 KWt, durante un episodio crítico nivel Pre emergencia ambiental en el polígono A, sin haber acreditado la concentración de emisiones para poder funcionar en un episodio de Pre emergencia. PPDA:25/2016
Link Detalle
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 1.6