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Registro Público de Sanciones

Expediente: F-026-2023

Fecha Inicio : 22-06-2023

Fecha Término: 30-12-2024

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 9,3 U.T.A.

Estado Pago : Pendiente

Detalle Sanción:
2 Multa de una a diez mil U.T.A.

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Unidad fiscalizable

  • COMUNIDAD EDIFICIO INSTITUTO ALEMÁN
    Osorno - Región de los Lagos

Titular

  • COMUNIDAD EDIFICIO INSTITUTO ALEMAN
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Unidad fiscalizable

  • COMUNIDAD EDIFICIO INSTITUTO ALEMÁN
    Osorno - Región de los Lagos

Titular

  • COMUNIDAD EDIFICIO INSTITUTO ALEMAN
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 Haber superado el límite máximo de emisión de MP respecto de la fuente tipo caldera nueva a leña con registro OSO-404-AC. PPDA:47/2015
Link Detalle
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 3.4
2 No haber realizado la medición discreta de emisiones de MP, de acuerdo a la periodicidad establecida, respecto de: a) la caldera a leña con registro OSO-310-AC, durante los siguientes periodos: (i) Desde el 29 de marzo de 2020 hasta el 28 de marzo de 2021 y; (ii) desde el 29 de marzo de 2021 hasta el 28 de marzo de 2022 y (iii) desde el 29 de marzo de 2022 y el 28 de marzo de 2023. b) la caldera a leña con registro OSO-404-AC, durante los siguientes periodos: (i) entre el 24 de marzo de 2020 y el 23 de marzo de 2021 y; (ii)entre el 24 de marzo de 2021 y el 23 de marzo de 2022. PPDA:47/2015
Link Detalle
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 5.9