Registro Público de Sanciones
| # | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
Sanción | Multa (UTA) |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | No haber realizado la medición de sus emisiones de MP, de acuerdo a la periodicidad establecida en el artículo 42 del D.S. N°49/2015, mediante un muestreo isocinético que permita acreditar el cumplimiento de los límites de emisión establecidos en el artículo 38 del D.S. N°49/2015, respecto de las siguientes fuentes: i)Caldera con registro SSMAU-155-C, durante los siguientes periodos: -Entre el 29 de septiembre de 2020 y el 28 de marzo de 2021; -Entre el 29 de septiembre de 2021 y el 28 de marzo de 2022; -Entre el 29 de septiembre de 2022 y el 28 de marzo de 2023. ii)Caldera con registro Caldera SSMAU-350-V, en los siguientes periodos: -Entre el 29 de septiembre de 2020 y el 28 de marzo de 2021; -Entre el 29 de septiembre de 2021 y el 28 de marzo de 2022; -Entre el 29 de septiembre de 2022 y el 28 de marzo de 2023. |
PPDA:49/2015 Link Detalle |
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 45 |
| 2 | No haber ejecutado nuevamente las mediciones para material particulado, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 42 del D.S. N°49/2015, en relación con lo señalado en la Res. Ex. N°128/2019, SMA y la Res. Ex. N°2051/2021, mediante muestreos isocinéticos que permitan acreditar el cumplimiento de los límites de emisión establecidos en el artículo 38 del D.S. N°49/2015, respecto de las siguientes fuentes: i)Caldera con registro SSMAU-155-C, en el muestreo de 17 de junio de 2021. ii)Caldera con registro SSMAU-350-V, en el muestreo de 16 de junio de 2021. |
PPDA:49/2015 Link Detalle |
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 8.4 |