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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-026-2014

Fecha Inicio : 27-02-2014

Fecha Término: 05-06-2015

Estado: Terminado - PDC Satisfactorio

PdC: Enlace

Unidad fiscalizable

  • EDIFICIO DUBLE INFANTE
    Ñuñoa - Región Metropolitana

Titular

  • COMUNIDAD EDIFICIO DUBLE INFANTE
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Unidad fiscalizable

  • EDIFICIO DUBLE INFANTE
    Ñuñoa - Región Metropolitana

Titular

  • COMUNIDAD EDIFICIO DUBLE INFANTE
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Memorándum designación fiscal instructor y suplente Otros 24-02-2014 Descargar
2 Formulación de cargos Formulación de Cargos 27-02-2014 Descargar
3 Acompaña documentos Otros 18-03-2014 Descargar
4 Programa de cumplimiento PDC Presentación 21-03-2014 Descargar
5 Ord. UIPS N° 383. Acepta programa de cumplimiento bajo condición suspensiva. PDC - Observaciones de la SMA 01-04-2014 Descargar
6 Programa de cumplimiento refundido PDC Refundido 10-04-2014 Descargar
7 Aprueba Programa de Cumplimiento PDC Aprobación 17-04-2014 Descargar
8 Memorandum DSC 180 de 2015. Informa sobre finalización del PDC, remite expediente y acompaña Informe de fiscalización Informa ejecución satisfactoria de PDC 06-05-2015 Descargar
9 Res. Ex. 450 de 2015 Declara ejecución satisfactoria de Programa de Cumplimiento Resolución Final PDC 05-06-2015 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 El incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 49, 55, 56 y 97 del Decreto Supremo 66 de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Plan de Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana. PPDA:66/2009
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c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. Graves
c) Afecten negativamente el cumplimiento de las metas, medidas y objetivos de un Plan de prevención y, o de Descontaminación.
2 El incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 12 y 18 del Decreto Supremo 4 de 1992, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y 'Grupales, complementado por lo establecido en los artículos 4 y 11 de la Resolución Exenta 15027 de 1994, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, que establece el Procedimiento de Declaración de Emisiones para Fuentes Estacionarias que Indica. NE:4/1992
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h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda Graves
c) Afecten negativamente el cumplimiento de las metas, medidas y objetivos de un Plan de prevención y, o de Descontaminación.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2014-412-XIII-PC-EI 2014 Ver detalle
2 DFZ-2013-7263-XIII-NE-IA 2013 Ver detalle