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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-006-2016

Fecha Inicio : 21-01-2016

Fecha Término: 30-12-2016

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 129,7 U.T.A. / Estado Pago : Pendiente

Ir a Registro Público Sanción

Unidad fiscalizable

  • RILES VIÑA Y BODEGA BOTALCURA
    Pencahue - Región del Maule

Titular

  • VIÑA Y BODEGA BOTALCURA S.A.
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Unidad fiscalizable

  • RILES VIÑA Y BODEGA BOTALCURA
    Pencahue - Región del Maule

Titular

  • VIÑA Y BODEGA BOTALCURA S.A.
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 21-01-2016 Descargar
2 Antecedentes formulación de cargos Otros 21-01-2016 Descargar
3 Res N° 2. Señala nuevo domicilio y notifica Otros 05-04-2016 Descargar
4 Notificación FDC Otros 05-04-2016 Descargar
5 Res N° 3. Solicita información a las SISS Solicitud de diligencias (sin término probatorio) 28-07-2016 Descargar
6 Ord. N° 3041 SISS Otros 22-08-2016 Descargar
7 Res N° 4. Cierre de la investigación Término de la Investigación 22-11-2016 Descargar
8 Notificación Otros 23-11-2016 Descargar
9 Dictamen Dictamen 16-12-2016 Descargar
10 MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE Otros 16-12-2016 Descargar
11 Resolución Sancionatoria Resolución Sancionatoria 30-12-2016 Descargar
12 Notificación Resolución Sancionatoria Otros 27-01-2017 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 El establecimiento industrial no presentó información para los períodos de control de los meses de febrero de 2013, marzo y octubre del año 2014 y mayo, junio y julio de 2015, tal como lo indica la Tabla N° 2 de la presente resolución. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 El establecimiento industrial, no informó en los autocontroles correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, abril, mayo, junio, septiembre, noviembre y diciembre del año 2014 y enero y febrero de 2015, con la frecuencia requerida en su programa de monitoreo, los parámetros que se indican en la Tabla N°3 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 El establecimiento industrial excedió el volumen de descarga límite indicado en su programa de monitoreo durante los períodos controlado de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, mayo, junio, septiembre, noviembre y diciembre del año 2014 y enero y febrero de 2015, tal como lo indica la tabla N°4 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 El establecimiento industrial no informó los remuestreos del período de control de los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, abril, mayo junio, septiembre, noviembre y diciembre del año 2014 y enero y febrero de 2015, tal como se indica en la Tabla N°5 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5 El establecimiento industrial superación en los niveles máximos permitidos de ciertos contaminantes establecidos en la norma de emisión antes citada, durante el período controlado durante el mes de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, abril, mayo, junio, septiembre y noviembre del año 2014 y enero y febrero de 2015; tal como se presenta en la TablaN°6 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2013-5097-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
2 DFZ-2015-5545-VII-NE-EI 2015 Ver detalle
3 DFZ-2015-5784-VII-NE-EI 2015 Ver detalle
4 DFZ-2014-3086-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
5 DFZ-2013-5056-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
6 DFZ-2014-4712-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
7 DFZ-2015-9191-VII-NE-EI 2015 Ver detalle
8 DFZ-2013-4348-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
9 DFZ-2014-2218-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
10 DFZ-2013-4986-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
11 DFZ-2014-2760-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
12 DFZ-2015-6029-VII-NE-EI 2015 Ver detalle
13 DFZ-2013-4512-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
14 DFZ-2014-1066-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
15 DFZ-2014-5852-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
16 DFZ-2013-4675-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
17 DFZ-2015-2054-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
18 DFZ-2015-3457-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
19 DFZ-2015-2898-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
20 DFZ-2014-5282-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
21 DFZ-2014-1644-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
22 DFZ-2015-3540-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
23 DFZ-2014-6133-VII-NE-EI 2014 Ver detalle
24 DFZ-2013-3291-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
25 DFZ-2013-6707-VII-NE-EI 2013 Ver detalle
26 DFZ-2015-4206-VII-NE-EI 2015 Ver detalle
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 El establecimiento industrial no presentó información para los períodos de control de los meses de febrero de 2013, marzo y octubre del año 2014 y mayo, junio y julio de 2015, tal como lo indica la Tabla N° 2 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 42.7
2 El establecimiento industrial, no informó en los autocontroles correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, abril, mayo, junio, septiembre, noviembre y diciembre del año 2014 y enero y febrero de 2015, con la frecuencia requerida en su programa de monitoreo, los parámetros que se indican en la Tabla N°3 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 40.6
3 El establecimiento industrial excedió el volumen de descarga límite indicado en su programa de monitoreo durante los períodos controlado de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, mayo, junio, septiembre, noviembre y diciembre del año 2014 y enero y febrero de 2015, tal como lo indica la tabla N°4 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 3.8
4 El establecimiento industrial no informó los remuestreos del período de control de los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, abril, mayo junio, septiembre, noviembre y diciembre del año 2014 y enero y febrero de 2015, tal como se indica en la Tabla N°5 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 25.1
5 El establecimiento industrial superación en los niveles máximos permitidos de ciertos contaminantes establecidos en la norma de emisión antes citada, durante el período controlado durante el mes de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, abril, mayo, junio, septiembre y noviembre del año 2014 y enero y febrero de 2015; tal como se presenta en la TablaN°6 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 17.5