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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-008-2018

Fecha Inicio : 10-04-2018

Fecha Término: 19-02-2019

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 99 U.T.A. / Estado Pago : Pagada

Ir a Registro Público Sanción

Unidad fiscalizable

  • RILES FRUSAN FREIRE
    Freire - Región de la Araucanía

Titular

  • FRUTERA SAN FERNANDO SOCIEDAD ANONIMA
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Unidad fiscalizable

  • RILES FRUSAN FREIRE
    Freire - Región de la Araucanía

Titular

  • FRUTERA SAN FERNANDO SOCIEDAD ANONIMA
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Requerimiento de información Otros 26-12-2017 Descargar
2 Memorándum Designa Instructor Otros 29-03-2018 Descargar
3 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 10-04-2018 Descargar
4 Notificación Res. Ex. N° 1 Notificación Formulación de Cargos 13-04-2018 Descargar
5 RPM FRUSAN Otros 18-04-2018 Descargar
6 Descargos y solicitud de diligencia Descargos 20-04-2018 Descargar
7 Res. Ex. N° 2 Otros 18-06-2018 Descargar
8 Notificación Res. Ex. N° 2 Otros 02-07-2018 Descargar
9 Acompaña Poder de Representación Otros 04-07-2018 Descargar
10 Res. Ex. N° 3 Otros 20-11-2018 Descargar
11 Registro notificación Res. Ex. N° 3 Otros 23-11-2018 Descargar
12 Respuesta Titular Res. Ex. N°3 Otros 05-12-2018 Descargar
13 Anexos respuesta titular a Res. Ex. N° 3 Otros 05-12-2018 Descargar
14 Poder de representación Frusan S.A. Otros 10-12-2018 Descargar
15 Res. Ex. N° 4 Término de la Investigación 21-12-2018 Descargar
16 Dictamen Dictamen 27-12-2018 Descargar
17 MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE Memo DSC 27-12-2018 Descargar
18 Res. Ex. N° 36 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio Rol F 008 2018 Resolución Sancionatoria 11-01-2019 Descargar
19 Notificación Res. Ex. N° 36 Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular 17-01-2019 Descargar
20 Escrito acompaña formulario 10 de la Tesorería Otros 24-01-2019 Descargar
21 Recurso de reposición Otros 29-01-2019 Descargar
22 Res. Ex. N° 489 de 2019 resuelve presentaciones que indica Otros 11-04-2019 Descargar
23 Notificación Res. Ex. N° 489 de 2019 Otros 15-04-2019 Descargar
24 Res. Ex. N° 639 de 2019 Resuelve presentación que indica Resolución Acredita Pago de Multa Total 13-05-2019 Descargar
25 Notificación Res. Ex. N° 639 de 2019 Otros 16-05-2019 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 No haber construido las dos unidades de almacenamiento independiente de las aguas tratadas para riego: (i) piscina de acopio de 450 m3 de capacidad que almacenará los riles generados en el área de procesamiento de las manzanas, y, (ii) tranque de acopio de 800 m3 que almacenará las aguas residuales del lavado de ingreso de la fruta. RCA:149/2014
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 No haber elaborado ni remitido a esta Superintendencia el Informe Ambiental anual correspondiente a los años 2014, 2015, 2016 y 2017, los que deben dar cuenta de los resultados de monitoreo, eficiencia del sistema de riego, eventos de contingencia, medidas implementadas y/o oportunidades de mejora del sistema. RCA:149/2014
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 No haber obtenido el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial (“PAS”) del artículo 90 del D.S. N° 95/2001 (actual PAS mixto descrito en el artículo 139 del D.S. N° 40/2012), requerido para la modificación de la disposiciones de los riles vinculados al proceso productivo de la compañía, aprobado por la RCA N° 149/2014. RCA:149/2014
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 No haber remitido a la SMA los resultados de los monitoreos de los meses de febrero, abril y junio de cada año, de acuerdo a lo dispuesto en el Programa de Monitoreo descrito en el considerando 3.10 de la RCA N° 149/2014, a contar de junio de 2014 hasta febrero de 2018 y haber realizado el monitoreo mediante una muestra puntual en vez de una muestra compuesta de 2 horas. RCA:149/2014
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5 El establecimiento industrial no informó el autocontrol correspondiente a los meses de julio a diciembre de 2014, los meses de Enero, Febrero, Marzo, Junio, y Agosto de 2015 y de Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Agosto, Septiembre, Noviembre de 2016. NE:90/2000
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RCA:149/2014
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6 El establecimiento industrial no informó los remuestreos requeridos para el período de control correspondiente a los meses de abril de 2013 y marzo, mayo y junio de 2014, tal como se indica en la tabla N° 3 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7 El establecimiento industrial no cumple con la frecuencia de monitoreo, de acuerdo a lo indicado en la Tabla N° 4 de la presente resolución y lo dispuesto en la Resolución de Monitoreo SISS N°1106/2011, en el mes de abril y mayo de 2013, así como en mayo y junio de 2014. NE:90/2000
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
8 No responde íntegramente el requerimiento de información formulado por esta Superintendencia a través de la Res. Ex. D.S.C. N° 1556, de fecha 19 de enero de 2018, en cuanto a los siguientes aspectos: a. No responde si Planta se encuentra realizando una actividad adicional y/o diversa a la establecida en el considerando 3.1 de la RCA N° 149/2014. b. No indica la producción en toneladas por día, respecto a los productos que generan riles en la planta. Requerimientos de Información j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
9 La RCA 149/2014 no se encuentra asociada a la cuenta del titular, desde el 26 de mayo de 2014 a la fecha, conforme lo dispuesto en la Res. Ex. N° 1518/2013 de la SMA. Otro e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2015-8067-IX-NE-EI 2015 Ver detalle
2 DFZ-2015-5096-IX-NE-EI 2015 Ver detalle
3 DFZ-2015-1536-IX-NE-EI 2014 Ver detalle
4 DFZ-2015-2664-IX-NE-EI 2014 Ver detalle
5 DFZ-2015-4315-IX-NE-EI 2015 Ver detalle
6 DFZ-2015-4857-IX-NE-EI 2015 Ver detalle
7 DFZ-2016-152-IX-NE-EI 2015 Ver detalle
8 DFZ-2017-1348-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
9 DFZ-2017-3207-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
10 DFZ-2016-1241-IX-NE-EI 2015 Ver detalle
11 DFZ-2017-813-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
12 DFZ-2017-2663-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
13 DFZ-2015-5809-IX-NE-EI 2015 Ver detalle
14 DFZ-2015-3224-IX-NE-EI 2014 Ver detalle
15 DFZ-2016-7824-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
16 DFZ-2015-5332-IX-NE-EI 2015 Ver detalle
17 DFZ-2016-6739-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
18 DFZ-2015-837-IX-NE-EI 2014 Ver detalle
19 DFZ-2015-3649-IX-NE-EI 2014 Ver detalle
20 DFZ-2016-6345-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
21 DFZ-2016-5791-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
22 DFZ-2015-2114-IX-NE-EI 2014 Ver detalle
23 DFZ-2016-7427-IX-NE-EI 2016 Ver detalle
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 No haber construido las dos unidades de almacenamiento independiente de las aguas tratadas para riego: (i) piscina de acopio de 450 m3 de capacidad que almacenará los riles generados en el área de procesamiento de las manzanas, y, (ii) tranque de acopio de 800 m3 que almacenará las aguas residuales del lavado de ingreso de la fruta. RCA:149/2014
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 11
2 No haber elaborado ni remitido a esta Superintendencia el Informe Ambiental anual correspondiente a los años 2014, 2015, 2016 y 2017, los que deben dar cuenta de los resultados de monitoreo, eficiencia del sistema de riego, eventos de contingencia, medidas implementadas y/o oportunidades de mejora del sistema. RCA:149/2014
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 11
3 No haber obtenido el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial (“PAS”) del artículo 90 del D.S. N° 95/2001 (actual PAS mixto descrito en el artículo 139 del D.S. N° 40/2012), requerido para la modificación de la disposiciones de los riles vinculados al proceso productivo de la compañía, aprobado por la RCA N° 149/2014. RCA:149/2014
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 4.5
4 No haber remitido a la SMA los resultados de los monitoreos de los meses de febrero, abril y junio de cada año, de acuerdo a lo dispuesto en el Programa de Monitoreo descrito en el considerando 3.10 de la RCA N° 149/2014, a contar de junio de 2014 hasta febrero de 2018 y haber realizado el monitoreo mediante una muestra puntual en vez de una muestra compuesta de 2 horas. RCA:149/2014
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 13
5 El establecimiento industrial no informó el autocontrol correspondiente a los meses de julio a diciembre de 2014, los meses de Enero, Febrero, Marzo, Junio, y Agosto de 2015 y de Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Agosto, Septiembre, Noviembre de 2016. NE:90/2000
Link Detalle
RCA:149/2014
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 39
6 El establecimiento industrial no informó los remuestreos requeridos para el período de control correspondiente a los meses de abril de 2013 y marzo, mayo y junio de 2014, tal como se indica en la tabla N° 3 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 7.5
7 El establecimiento industrial no cumple con la frecuencia de monitoreo, de acuerdo a lo indicado en la Tabla N° 4 de la presente resolución y lo dispuesto en la Resolución de Monitoreo SISS N°1106/2011, en el mes de abril y mayo de 2013, así como en mayo y junio de 2014. NE:90/2000
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 6.5
8 No responde íntegramente el requerimiento de información formulado por esta Superintendencia a través de la Res. Ex. D.S.C. N° 1556, de fecha 19 de enero de 2018, en cuanto a los siguientes aspectos: a. No responde si Planta se encuentra realizando una actividad adicional y/o diversa a la establecida en el considerando 3.1 de la RCA N° 149/2014. b. No indica la producción en toneladas por día, respecto a los productos que generan riles en la planta. - j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 4.5
9 La RCA 149/2014 no se encuentra asociada a la cuenta del titular, desde el 26 de mayo de 2014 a la fecha, conforme lo dispuesto en la Res. Ex. N° 1518/2013 de la SMA. - e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 2