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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: D-053-2019

Fecha Inicio : 04-06-2019

Fecha Término:

Estado: Suspendido

Unidad fiscalizable

  • ALIMENTOS FRUNA LTDA.
    Isla de Maipo - Región Metropolitana
  • PAIMASA S.A.
    Isla de Maipo - Región Metropolitana

Titular

  • ALIMENTOS FRUNA LTDA.
  • PAPELERA ISLA DE MAIPO S.A.
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Unidad fiscalizable

  • ALIMENTOS FRUNA LTDA.
    Isla de Maipo - Región Metropolitana
  • PAIMASA S.A.
    Isla de Maipo - Región Metropolitana

Titular

  • ALIMENTOS FRUNA LTDA.
  • PAPELERA ISLA DE MAIPO S.A.
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 04-06-2019 Descargar
2 PAIMASA FRUNA SNIFA Otros 04-06-2019 Descargar
3 Seguimiento CorreosChile FDC FRUNA Notificación Formulación de Cargos 15-06-2019 Descargar
4 Seguimiento CorreosChile FdC_Paimasa Otros 20-06-2019 Descargar
5 Res. Ex. N° 2_Resuelve solicitud de ampliación de plazo, venga en forma y téngase presente lo que indica Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación) 03-07-2019 Descargar
6 Descargos Paimasa y Alimentos Fruna Descargos 17-07-2019 Descargar
7 Téngase presente descargos, apoderada, resuelve solicitud de reserva y solicita información Otros 04-02-2020 Descargar
8 Oficia al SEA y suspende procedimiento sancionatorio Suspensión 04-02-2020 Descargar
9 se suspenden plazos Otros 30-03-2020 Descargar
10 Suspende plazos Otros 07-04-2020 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 Por haber superado los límites normativos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, al obtener con fecha 6 de enero de 2017, un Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de 56 en el Receptor N° 1, en horario nocturno, en condición externa; al obtener, con fecha 3 de octubre de 2017, un Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de 56 dB(A) en el Receptor N° R1, en horario nocturno, en condición externa; y, al obtener, con fecha 6 de agosto de 2018, un Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de 56 dB(A) en el Receptor N° PM 1, en horario diurno, en condición externa; todos medidos en receptores sensibles ubicados en Zona Rural. NE:38/2011
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h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 Por no haber ejecutado el siguiente compromiso establecido en la RCA 564/2014, para el manejo de emisiones acústicas, consistente en proveer a los galpones de las edificaciones “Edificio de Refinería de Jarabes” y “Edificio Molienda de Maíz”, la hermeticidad establecida en la evaluación ambiental del proyecto. RCA:564/2014
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 Por no haber ejecutado el siguiente compromiso establecido en la RCA 564/2014, para el manejo de emisiones acústicas, consistente en no situar el secador de fibra rotativo en un galpón con la hermeticidad requerida en la evaluación ambiental del proyecto. RCA:564/2014
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2018-1600-XIII-NE 2018 Ver detalle
2 DFZ-2018-2181-XIII-RCA 2018 Ver detalle