Volver a la Búsqueda
Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-095-2020

Fecha Inicio : 17-11-2022

Fecha Término:

Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución

PdC: Enlace

Unidad fiscalizable

  • PISCICULTURA VALLE DEL LAJA
    Tucapel - Región del Biobío

Titular

  • SALMONES FRIOAYSEN S.A
Ver mapa

Unidad fiscalizable

  • PISCICULTURA VALLE DEL LAJA
    Tucapel - Región del Biobío

Titular

  • SALMONES FRIOAYSEN S.A
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Designa instructores Otros 15-12-2020 Descargar
2 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 28-12-2020 Descargar
3 Reformulación de Cargos Reformulación de Cargos 17-11-2022 Descargar
4 Acta de notificación personal Notificación Formulación de Cargos 23-02-2023 Descargar
5 cens Correo conductor de PdC 13 03 23 F 095 2020 Censurado PDC Presentación 13-03-2023 Descargar
6 Aprueba PdC PDC Aprobación 06-06-2023 Descargar
7 Notifica Aprueba PdC Notificación de Aprobación de PDC 06-06-2023 Descargar
8 Solicita ampliación de plazo PdC Otros 12-09-2023 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 NO REPORTAR LOS MONITOREOS DE AUTOCONTROL DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SMA N°1481/2013) correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2021; según se detalla en la Tabla N° 1.1 del Anexo N°1 de la presente Resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 NO REPORTAR LA FRECUENCIA DE MONITOREO EXIGIDA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en la Res. Ex. SMA N°1481/2013, para todos los puntos de descarga señalados en la Tabla N° 1.2 del Anexo N°1 de la presente Resolución, correspondiente a su Programa de Monitoreo mensual asociado al D.S. N° 90/2000, en los meses de: -2019: diciembre. -2020: enero, febrero, marzo, abril, mayo y octubre de 2020. -2021; mayo. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1, numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, en relación a su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SMA N°1481/2013)para los parámetros que indica la Tabla N° 1.3 del Anexo N°1 de esta Resolución, durante los meses de septiembre y octubre de 2021; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 SUPERAR EL LIMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo mensual asociado al D.S. N°90/00 (Res. Ex. SMA N°1481/2013) en los meses de abril, agosto, septiembre y octubre de 2021; según se detalla en la Tabla N° 1.4 del Anexo N°1 de la presente Resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2014-3558-VIII-NE-EI 2014 Ver detalle
2 DFZ-2020-1783-VIII-NE 2020 Ver detalle
3 DFZ-2015-7171-VIII-NE-EI 2015 Ver detalle
4 DFZ-2014-2854-VIII-NE-EI 2014 Ver detalle
5 DFZ-2015-4968-VIII-NE-EI 2015 Ver detalle
6 DFZ-2015-9086-VIII-NE-EI 2015 Ver detalle
7 DFZ-2020-1782-VIII-NE 2020 Ver detalle
8 DFZ-2020-3791-VIII-NE 2020 Ver detalle
9 DFZ-2020-1784-VIII-NE 2020 Ver detalle
10 DFZ-2015-7483-VIII-NE-EI 2015 Ver detalle
11 DFZ-2022-2015-VIII-NE 2022 Ver detalle
12 DFZ-2021-1172-VIII-NE 2021 Ver detalle
13 DFZ-2021-3213-VIII-NE 2021 Ver detalle