# | Nombre Documento | Tipo Documento | Fecha | Link |
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1 | Memorándum D.S.C. N° 616/2022. Designa Fiscal Instructor | Otros | 13-12-2022 | Descargar |
2 | Formulación de Cargos | Formulación de Cargos | 13-12-2022 | Descargar |
3 | Acta Notificación Personal Res. Ex. N°1 | Notificación Formulación de Cargos | 01-02-2023 | Descargar |
4 | Programa de Cumplimiento | PDC Presentación | 22-02-2023 | Descargar |
5 | Memo 251_2023_Reasigna Fiscal Instructora | Otros | 12-04-2023 | Descargar |
6 | Res. EX. N°2_ Observaciones PDC | PDC - Observaciones de la SMA | 19-05-2023 | Descargar |
7 | Res. Ex. N°3_Ampliación de plazo | Otros | 01-06-2023 | Descargar |
8 | Complementa PDC | Otros | 09-06-2023 | Descargar |
# | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
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1 | NO REPORTAR LA FRECUENCIA DE MONITOREO EXIGIDA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. N° 2448 SISS, de fecha 18 de agosto del año 2010), para el parámetro temperatura en el mes de enero del año 2021 y sulfato en el mes abril del año 2021, según se detalla en la Tabla N° 1.1 del Anexo N° 1 de la presente Resolución. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
2 | SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000 en relación con su Programa de Monitoreo (Res. Ex. N° 2448 SISS, de fecha 18 de agosto del año 2010), para el parámetro Coliformes Fecales o Termotolerantes en el mes de septiembre del año 2021, según se indica la Tabla N° 1.2 del Anexo N° 1 de esta Resolución, no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
3 | SUPERAR EL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en la Resolución Exenta N° 2448, de fecha 18 de agosto del año 2010, de la SISS, en los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021, según se detalla en la Tabla N° 1.3 del Anexo N° 1 de la presente Resolución. | Otro | g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
# | Expediente de fiscalización | Año actividad | Detalle |
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1 | DFZ-2022-1090-XVI-NE | 2022 | Ver detalle |