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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-043-2023

Fecha Inicio : 28-09-2023

Fecha Término: 28-08-2024

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 21,5 U.T.A. / Estado Pago : Pendiente

Ir a Registro Público Sanción

Unidad fiscalizable

  • PLANTA LACTEOS SAN IGNACIO
    Bulnes - Región de Ñuble

Titular

  • LACTEOS SAN IGNACIO LIMITADA
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Unidad fiscalizable

  • PLANTA LACTEOS SAN IGNACIO
    Bulnes - Región de Ñuble

Titular

  • LACTEOS SAN IGNACIO LIMITADA
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 00 Memorándum N° 593 Designa Instructor/a Titular y Suplente Otros 30-08-2023 Descargar
2 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 28-09-2023 Descargar
3 Notificación R.E. 1 Notificación Formulación de Cargos 03-10-2023 Descargar
4 Titular Descargos Descargos 10-11-2023 Descargar
5 Resolución Exenta N° 2 Previo a proveer, acredite representación Resolución Previo Proveer - Venga en forma 08-05-2024 Descargar
6 Notificación por correo electrónico Otros 08-05-2024 Descargar
7 Memorándum N° 186/2024 Designa Fiscal Instructor/a titular y suplente Otros 10-05-2024 Descargar
8 Notificación R.E. 2 Otros 10-05-2024 Descargar
9 Titular Cumple lo ordenado Otros 14-05-2024 Descargar
10 Antecedentes personería Otros 14-05-2024 Descargar
11 Resolución Exenta N° 3 Tiene por presentados los descargos Resolución tiene presente descargos 16-05-2024 Descargar
12 Notificación R.E. 3 Otros 16-05-2024 Descargar
13 Dictamen Lácteos San Ignacio Dictamen 28-06-2024 Descargar
14 Resolución Sancionatoria Resolución Sancionatoria 28-08-2024 Descargar
15 Notificación titular Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular 28-08-2024 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 No reporta todos los parámetros de su programa de monitoreo. El establecimiento industrial no incluyó en los reportes de autocontrol de su Programa de Monitoreo, establecido en la Resolución Exenta SMA N° 215, de 11 de febrero de 2019, los siguientes parámetros en los periodos señalados, y que se detallan en la Tabla 1.1. del Anexo 1 de la formulación de cargos. a) Temperatura: en enero, mayo, y diciembre de 2021. b) pH: en mayo de 2021. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 No reportar la frecuencia de monitoreo exigida en su programa de monitoreo. El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo, establecido en la Resolución Exenta SMA N° 215, de 11 de febrero de 2019, para los siguientes parámetros en los periodos señalados, y que se detallan en la Tabla 1.2. del Anexo 1 de la formulación de cargos. a) Caudal: en septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020; y, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y octubre de 2021. b) Temperatura: en diciembre de 2020; y, febrero, marzo, abril y junio de 2021. c) pH: en noviembre y diciembre de 2020; y, enero, febrero, marzo, abril y junio de 2021. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 No reportar los remuestreos según lo establecido en su programa de monitoreo y/o Norma de Emisión. El establecimiento industrial no reportó información asociada a los remuestreos de los parámetros incluidos en la Tabla N° 1.3 del Anexo 1 de la formulación de cargos, para los siguientes parámetros y periodos a) Cloruros: en diciembre de 2020. b) DBO5: en octubre y noviembre de 2020. c) Fósforo: en octubre, noviembre y diciembre de 2020. d) Manganeso: en septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020; y, enero de 2021. e) pH: en diciembre de 2022. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 Superar los límites máximos permitidos para los parámetros de su programa de monitoreo. El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 1.4 del Anexo 1 de la formulación de cargos; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000: a) Cloruros: en diciembre de 2020; febrero y marzo de 2021; y, marzo, abril y mayo de 2022. b) Coliformes Fecales o Termotolerantes: en febrero de 2021. c) DBO5: en noviembre de 2020; y, febrero y marzo de 2021. d) Fósforo: en septiembre, noviembre, y diciembre de 2020; y, febrero y marzo de 2021. e) Manganeso: en septiembre, noviembre y diciembre de 2020. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2020-2211-XVI-NE 2020 Ver detalle
2 DFZ-2018-1449-VIII-NE 2018 Ver detalle
3 DFZ-2023-1073-XVI-NE 2023 Ver detalle
4 DFZ-2022-1089-XVI-NE 2022 Ver detalle
5 DFZ-2020-2212-XVI-NE 2020 Ver detalle
6 DFZ-2021-1387-XVI-NE 2021 Ver detalle
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 No reporta todos los parámetros de su programa de monitoreo. El establecimiento industrial no incluyó en los reportes de autocontrol de su Programa de Monitoreo, establecido en la Resolución Exenta SMA N° 215, de 11 de febrero de 2019, los siguientes parámetros en los periodos señalados, y que se detallan en la Tabla 1.1. del Anexo 1 de la formulación de cargos. a) Temperatura: en enero, mayo, y diciembre de 2021. b) pH: en mayo de 2021. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 1.2
2 No reportar la frecuencia de monitoreo exigida en su programa de monitoreo. El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo, establecido en la Resolución Exenta SMA N° 215, de 11 de febrero de 2019, para los siguientes parámetros en los periodos señalados, y que se detallan en la Tabla 1.2. del Anexo 1 de la formulación de cargos. a) Caudal: en septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020; y, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y octubre de 2021. b) Temperatura: en diciembre de 2020; y, febrero, marzo, abril y junio de 2021. c) pH: en noviembre y diciembre de 2020; y, enero, febrero, marzo, abril y junio de 2021. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 1.3
3 No reportar los remuestreos según lo establecido en su programa de monitoreo y/o Norma de Emisión. El establecimiento industrial no reportó información asociada a los remuestreos de los parámetros incluidos en la Tabla N° 1.3 del Anexo 1 de la formulación de cargos, para los siguientes parámetros y periodos a) Cloruros: en diciembre de 2020. b) DBO5: en octubre y noviembre de 2020. c) Fósforo: en octubre, noviembre y diciembre de 2020. d) Manganeso: en septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020; y, enero de 2021. e) pH: en diciembre de 2022. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 3
4 Superar los límites máximos permitidos para los parámetros de su programa de monitoreo. El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 1.4 del Anexo 1 de la formulación de cargos; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000: a) Cloruros: en diciembre de 2020; febrero y marzo de 2021; y, marzo, abril y mayo de 2022. b) Coliformes Fecales o Termotolerantes: en febrero de 2021. c) DBO5: en noviembre de 2020; y, febrero y marzo de 2021. d) Fósforo: en septiembre, noviembre, y diciembre de 2020; y, febrero y marzo de 2021. e) Manganeso: en septiembre, noviembre y diciembre de 2020. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 16