# | Nombre Documento | Tipo Documento | Fecha | Link |
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1 | Designa instructores | Otros | 23-11-2023 | Descargar |
2 | Formulación de Cargos | Formulación de Cargos | 07-12-2023 | Descargar |
3 | Notificación fallida R.E. 1 | Notificación Fallida de Formulación de Cargos | 18-12-2023 | Descargar |
4 | Acta de notificación personal FDC | Notificación Formulación de Cargos | 12-03-2024 | Descargar |
5 | Formulario Solicitud Reunion de Asistencia al Cumplimento | Solicitud de Asistencia al Cumplimiento | 22-03-2024 | Descargar |
6 | Registro de Asistencia al Cumplimiento | Registro de Asistencia al Cumplimiento | 25-03-2024 | Descargar |
7 | Programa de Cumplimiento | PDC Presentación | 03-04-2024 | Descargar |
8 | Aprueba PDC Matadero Río Pangal Limitada | PDC Aprobación | 01-07-2024 | Descargar |
9 | Notifica aprobación PDC | Notificación de Aprobación de PDC | 05-07-2024 | Descargar |
# | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
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1 | NO REPORTAR LOS MONITOREOS DE AUTOCONTROL DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó el monitoreo de autocontrol de su Programa de Monitoreo (RPM N° 1101/2011) correspondiente al período de octubre de 2022 según se detalla en la Tabla N° 1.1 del Anexo N°1 de la presente Resolución. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Graves h) Constituyan persistente reiteración de una misma infracción calificada como leve de acuerdo con este artículo. |
2 | NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó los parámetros correspondientes al control normativo anual de la Tabla N° 3 del D.S. N° 90/2000, conforme se establece en su Programa de Monitoreo (RPM N°1101/2011) en el mes de diciembre del año 2022, según se detalla en la Tabla N°1.2 del Anexo N°1 de la presente Resolución. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
3 | NO REPORTAR LA FRECUENCIA DE MONITOREO EXIGIDA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo (RPM N° 1101/2011), para los parámetros Caudal, pH y Temperatura en los períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 1.3 del Anexo N°1 de la presente Resolución: Entre enero y diciembre de 2022, excluyendo el mes de octubre. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Graves h) Constituyan persistente reiteración de una misma infracción calificada como leve de acuerdo con este artículo. |
4 | NO REPORTAR LOS REMUESTREOS SEGÚN LO ESTABLECIDO EN SU PROGRAMA DE MONITOREO Y/O LA NORMA DE EMISIÓN: El establecimiento industrial no reportó información asociada al remuestreo del parámetro Nitrógeno Total durante septiembre de 2022, conforme se establece en su Programa de Monitoreo (RPM N° 1101/2011), según se detalla en la Tabla N° 1.4 del Anexo N°1 de la presente Resolución. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Graves h) Constituyan persistente reiteración de una misma infracción calificada como leve de acuerdo con este artículo. |
# | Expediente de fiscalización | Año actividad | Detalle |
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1 | DFZ-2023-1294-XI-NE | 2023 | Ver detalle |