# | Nombre Documento | Tipo Documento | Fecha | Link |
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1 | Designa Fiscal Instructora y Suplente | Otros | 09-10-2024 | Descargar |
2 | Res. Ex. N°1 Formulación de Cargos | Formulación de Cargos | 10-10-2024 | Descargar |
3 | Notificación Res. Ex. N°1 titular | Notificación Formulación de Cargos | 15-10-2024 | Descargar |
4 | Formulario solicitud de reunión de asistencia al cumplimiento | Solicitud de Asistencia al Cumplimiento | 30-10-2024 | Descargar |
5 | Acta de reunión de asistencia al cumplimiento | Registro de Asistencia al Cumplimiento | 04-11-2024 | Descargar |
6 | Programa de cumplimiento | PDC Presentación | 08-11-2024 | Descargar |
7 | Anexos Programa de Cumplimiento | Otros | 08-11-2024 | Descargar |
# | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
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1 | NO REPORTAR LOS MONITOREOS DE AUTOCONTROL DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo N° 1941/2022, correspondiente a los meses de julio y agosto de 2023 del punto de muestreo PTAS sitio 2. |
NE:46/2002 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
2 | NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó en enero de 2023 los parámetros correspondiente al control normativo anual de la Tabla N° 1 del D.S. 46/2002, establecido en el numeral 1.7 de su Programa de Monitoreo N° 1941/2022. |
NE:46/2002 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
3 | NO REPORTAR LA FRECUENCIA DE MONITOREO EXIGIDA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo N° 1941/2022, para el parámetro pH en los meses de enero, febrero y marzo del 2023 de los puntos de muestreo sitio F1-B, PTAS sitio 2 y PTAS sitios 3, 4 y 5. |
NE:46/2002 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
4 | NO REPORTAR LOS REMUESTREOS SEGÚN LO ESTABLECIDO EN SU PROGRAMA DE MONITOREO Y/O LA NORMA DE EMISIÓN: El establecimiento industrial no reportó información asociada a los remuestreos de los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 1.4 del Anexo I de la presente Resolución: a) En el mes de enero de 2023 los siguientes parámetros: i. Cloruro del punto de muestreo PTAS sitio 2. ii. Hierro de los puntos de muestreo PTAS sitio 2 y PTAS sitios 3,4 y 5. iii. N-Nitrato + N-Nitrito de los puntos de muestreo sitio F1-B, PTAS sitio 2 y PTAS sitios 3,4 y 5. iv. Sulfato de los puntos de muestreo sitio F1-B, PTAS sitio 2 y PTAS sitios 3,4 y 5. v. pH del punto de muestreo PTAS sitio 2. b) En el mes de febrero de 2023 lo siguiente parámetros: i. N-Nitrato + N-Nitrito del punto de muestreo PTAS sitios 3,4 y 5. ii. Sulfato de los puntos de muestreo sitio F1-B, PTAS sitio 2 y PTAS sitios 3,4 y 5. c)En el mes de marzo 2023 el siguiente parámetro: i. Sulfato del punto de muestreo PTAS sitios 3,4 y 5. |
NE:46/2002 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
5 | SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 10 del D.S. N° 46/2002, para los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 1.5 del Anexo I de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el artículo N° 25 del D.S. N° 46/2002: a) En el mes de enero de 2023 lo siguientes parámetros: i. Cloruros del punto de muestreo PTAS sitio 2. ii. Hierro de los puntos de muestreo PTAS sitio 2 y PTAS sitios 3,4 y 5. iii. N-Nitrato + N-Nitrito: de los puntos de muestreo sitio F1-B, PTAS sitio 2 y PTAS sitios 3,4 y 5.Sulfato: de los puntos de muestreo sitio F1-B, PTAS sitio 2 y PTAS sitios 3,4 y 5. b) En el mes de febrero de 2023 los siguientes parámetros: i. N-Nitrato + N-Nitrito del punto de muestreo PTAS sitios 3,4 y 5. ii. Sulfato del punto de muestreo PTAS sitios 3,4 y 5. |
NE:46/2002 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
# | Expediente de fiscalización | Año actividad | Detalle |
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1 | DFZ-2024-553-XIII-NE | 2024 | Ver detalle |