# | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
Sanción | Multa (UTA) |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | La superación del nivel de presión sonora fijado para la zona III, en horario diurno, el cual corresponde a 65 dBA, resultado a partir de las mediciones realizadas los días 28 de octubre de 2014 y 29 de octubre de 2014, advirtiendo que la fuente fija emisora de ruido, se obtiene un nivel de presión sonora corregido que supera la norma de emisión en todos los receptores evaluados, los cuales fluctúan entre 66 dBA y 69 dBA, calculado de acuerdo al procedimiento señalado en el D.S. N° 38/2011, generándose excedencias que van desde los 1 dBA a los 4 dBA, por sobre el máximo establecido. |
NE:38/2011 Link Detalle |
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Multa de una a diez mil U.T.A. | 14 |