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Registro Público de Sanciones

Expediente: F-005-2016

Fecha Inicio : 21-01-2016

Fecha Término: 10-11-2016

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 23,7 U.T.A.

Estado Pago : Pagada

Detalle Sanción:
2 Multa de una a diez mil U.T.A.

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Unidad fiscalizable

  • AGRICOLA DON POLLO LTDA. - LA PINTANA
    La Pintana - Región Metropolitana

Titular

  • AGRICOLA DON POLLO LTDA.
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Unidad fiscalizable

  • AGRICOLA DON POLLO LTDA. - LA PINTANA
    La Pintana - Región Metropolitana

Titular

  • AGRICOLA DON POLLO LTDA.
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 El establecimiento industrial no informó los remuestreos correspondientes del período de control de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2013, enero, febrero, marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del año 2014 y enero, febrero, marzo y abril de 2015, tal como lo indica la tabla N°2. NE:46/2002
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 1.7
2 El establecimiento industrial, presentó superación del límite máximo, respecto de los contaminantes establecidos en la norma de emisión D.S. Nº 46/2002, en relación con la R.E. 1169/2006, durante el período controlado de octubre de 2013, junio de 2014 y enero de 2015, tal como lo indica la tabla N°3 de esta formulación de cargos. NE:46/2002
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 22