# | Hecho | Instrumento Infringido | Infracción (Art.35 LOSMA) |
Clasificación (Art. 36 LOSMA) |
Sanción | Multa (UTA) |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SMA N° 445, de fecha 19 de mayo de 2016) para los siguientes parámetros durante los períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla Nº 3 del Anexo de la presente Resolución: a) Caudal = en los meses de marzo a mayo de 2018; marzo a junio de 2019 y 2020. b) pH y Temperatura = en los meses de marzo a mayo de 2018; marzo a junio de 2019; y en los meses de marzo a mayo de 2020. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Amonestación por Escrito | No aplica |
2 | El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 2 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000 para los parámetros que a continuación se indican durante los períodos que a continuación se señalan y que se detallan en la Tabla N° 4 del Anexo de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000: a) pH= en abril de 2018. b) Coliformes Fecales = en el mes de mayo de 2020. |
NE:90/2000 Link Detalle |
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Amonestación por Escrito | No aplica |
3 | El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SMA N° 445, de fecha 19 de mayo de 2016), en los meses de marzo a mayo de 2018; y en marzo a junio de 2019 y 2020; conforme se detalla en la Tabla N° 5 del Anexo de la presente Resolución. | - | g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales | Leves Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores. |
Sobreseimiento | No aplica |