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Registro Público de Sanciones

Expediente: D-099-2022

Fecha Inicio : 27-05-2022

Fecha Término: 24-05-2023

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 211,9 U.T.A.

Estado Pago : Pagada

Detalle Sanción:
1 Absolución, 2 Multa de una a diez mil U.T.A.

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Unidad fiscalizable

  • MINERA LOS PELAMBRES
    Illapel - Región de Coquimbo

Titular

  • MINERA LOS PELAMBRES
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Unidad fiscalizable

  • MINERA LOS PELAMBRES
    Illapel - Región de Coquimbo

Titular

  • MINERA LOS PELAMBRES
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 Uso de piscinas de emergencia TK-10 y TK-11 del sistema de drenaje de líneas y colección de derrames del “Proyecto Integral de Desarrollo” (Sistema de Transporte de Relaves y Sistema de Recirculación de Aguas), para una finalidad distinta a la declarada, almacenándose un total de 6.056 m3 de aguas de proceso a partir del 21 de octubre de 2021, en el marco de la construcción del proyecto “Infraestructura Complementaria”. RCA:38/2004
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Absolución No aplica
2 Deficiencias en control, mantención y vigilancia en sistema de drenaje de líneas y colección de relaves del “Proyecto Integral de Desarrollo”, con consecuencia de derrame de aguas de proceso con fecha 1° de noviembre de 2021, lo que se expresa en: - Falta de condiciones de estanqueidad de las piscinas de emergencia TK-10 y TK-11. - Falta de mantenciones y reparaciones oportunas de las piscinas deemergencia TK-10 y TK-11 y del sistema de detección de fugas. - Falta de mecanismos para detectar fugas y/o cambios de nivel de espejo de agua en las piscinas de emergencia TK-10 y TK-11. - Falta de medidas de prevención para evitar manipulación de las instalaciones por parte de terceros, en particular para prevenir el acceso a la cámara subterránea de inspección del sistema de detección de fugas por parte de terceros. RCA:38/2004
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A. 206
3 Deficiencias del procedimiento de clasificación y comunicación de incidentes y contingencias en relación al incidente del 1° de noviembre de 2021, las que se expresan en: - Aviso del incidente a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo mayor de 24 hrs desde la detección del incidente por parte de MLP. - Falta de comunicación del incidente a Seremi de Minería, Seremi de Medio Ambiente, Directora del SEA y Director DGA, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Contingencia vigente de MLP. RCA:38/2004
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 5.9