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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-084-2022

Fecha Inicio : 21-11-2022

Fecha Término:

Estado: En curso

Unidad fiscalizable

  • FRUTAL LTDA.
    Quinta de Tilcoco - Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Titular

  • FRUTAL LTDA
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Unidad fiscalizable

  • FRUTAL LTDA.
    Quinta de Tilcoco - Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Titular

  • FRUTAL LTDA
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Memorándum N° 2022 573 DFI Otros 14-11-2022 Descargar
2 00. Antecedentes FdC Otros 21-11-2022 Descargar
3 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 21-11-2022 Descargar
4 R.E. N° 1 Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación) 21-11-2022 Descargar
5 Acta notificación personal R.E. N° 1 Notificación Formulación de Cargos 23-11-2022 Descargar
6 Dictamen F 084 2022 Dictamen 08-08-2023 Descargar
7 MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE Memo DSC 08-08-2023 Descargar
8 Res. Ex. N°1497 SMA 2023 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio Resolución Sancionatoria 23-08-2023 Descargar
9 Notificación Res. Ex. N° 1497 SMA 2023 Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular 20-08-2024 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N° 3223 de fecha 1 de septiembre de 2006) correspondiente a los períodos de noviembre y diciembre de 2019, según se detallan en la Tabla N° 1.1 del Anexo 1 de la formulación de cargos. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 El establecimiento industrial no reportó el parámetro Boro de su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N° 3223 de fecha 1 de septiembre de 2006), durante junio del año 2020, según se detalla en la Tabla N° 1.2 del Anexo 1 de la formulación de cargos. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N° 3223 de fecha 1 de septiembre de 2006) para los parámetros y respecto de los períodos se detallan en la Tabla N° 1.3 del Anexo 1 de la formulación de cargos. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 El establecimiento industrial no reportó la información asociada a los remuestreos de los parámetros y períodos que se detallan en la Tabla N° 1.4. del Anexo 1 de la formulación de cargos. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5 El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros Boro y DBO5, durante los meses de abril y julio de 2021, respectivamente, según se detalla en la Tabla N° 1.5. del Anexo 1 de la formulación de cargos; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6 El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N° 3223 de fecha 1 de septiembre de 2006) durante julio de 2021, según se detallan en la Tabla N° 1.6. del Anexo 1 de la formulación de cargos. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2015-5513-VI-NE-EI 2015 Ver detalle
2 DFZ-2016-6643-VI-NE-EI 2016 Ver detalle
3 DFZ-2020-1640-VI-NE 2020 Ver detalle
4 DFZ-2016-8277-VI-NE-EI 2016 Ver detalle
5 DFZ-2020-1638-VI-NE 2020 Ver detalle
6 DFZ-2016-6219-VI-NE-EI 2016 Ver detalle
7 DFZ-2015-5045-VI-NE-EI 2015 Ver detalle
8 DFZ-2022-893-VI-NE 2022 Ver detalle
9 DFZ-2021-227-VI-NE 2021 Ver detalle
10 DFZ-2020-1639-VI-NE 2020 Ver detalle
11 DFZ-2017-1253-VI-NE-EI 2016 Ver detalle
12 DFZ-2015-3550-VI-NE-EI 2014 Ver detalle
13 DFZ-2016-2180-VI-NE-EI 2015 Ver detalle
14 DFZ-2015-5751-VI-NE-EI 2015 Ver detalle
15 DFZ-2017-3080-VI-NE-EI 2016 Ver detalle
16 DFZ-2017-1910-VI-NE-EI 2016 Ver detalle
17 DFZ-2016-53-VI-NE-EI 2015 Ver detalle
18 DFZ-2016-5631-VI-NE-EI 2016 Ver detalle
19 DFZ-2017-716-VI-NE-EI 2016 Ver detalle