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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: D-274-2024

Fecha Inicio : 25-11-2024

Fecha Término:

Estado: En curso

Unidad fiscalizable

  • TALLER DE REDES BADINOTTI
    Aysén - Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo

Titular

  • BADINOTTI NET SERVICES AYSEN
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Unidad fiscalizable

  • TALLER DE REDES BADINOTTI
    Aysén - Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo

Titular

  • BADINOTTI NET SERVICES AYSEN
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Memo asigna fiscal instructora Otros 20-08-2024 Descargar
2 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 25-11-2024 Descargar
3 Notifica Res. Ex. N°1_Fallida Notificación Fallida de Formulación de Cargos 20-12-2024 Descargar
4 Notificación Res. Ex. N°1_Titular_Fallida Notificación Fallida de Formulación de Cargos 26-12-2024 Descargar
5 Notifica Res. Ex. N°1_Titular Notificación Formulación de Cargos 13-01-2025 Descargar
6 Solicita reunión de asistencia_Titular Solicitud de Asistencia al Cumplimiento 17-01-2025 Descargar
7 Registro Reunión de Asistencia Registro de Asistencia al Cumplimiento 21-01-2025 Descargar
8 Solicita reformulación de cargos_Titular Otros 24-01-2025 Descargar
9 Programa de Cumplimiento PDC Presentación 03-02-2025 Descargar
10 Acompaña Informe_Titular Otros 17-04-2025 Descargar
11 Res. Ex. N°2_Resuelve solicitud de RFDC Otros 07-05-2025 Descargar
12 Notifica Res. Ex. N°2_Titular Otros 09-05-2025 Descargar
13 Notifica Res. Ex. N°2_Denunciante Otros 09-05-2025 Descargar
14 Acompaña antecedente ofrecido en PDC_Titular Otros 13-05-2025 Descargar
15 Recurso de Reposición_Res. Ex. N°2 Presentación de recurso de reposición 16-05-2025 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 Rebalse y disposición en suelo, de aguas lluvias contactadas con residuos orgánico de las redes sucias acumuladas en losa de acopio, sin ser canalizadas a la Planta de Tratamiento de Riles. RCA:530/2009
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2 Incumplir con las condiciones del monitoreo de calidad de agua del estero El Salto, 100 metros arriba y 100 metros abajo de la descarga, en lo relativo a: 2.1. Omitir la realización de los monitoreos semestrales de los siguientes periodos a) 2021: primer semestre. b) 2022: primer semestre y segundo semestre. c) 2023: primer y segundo semestre. d) 2024: primer semestre 2.2. En el Informe de Monitoreo del segundo semestre del año 2021, no se reportó el monitoreo del parámetro aceites y grasas. RCA:530/2009
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó el parámetro Coliformes Fecales o Termotolerantes, en diciembre de 2021, según lo establecido en su Programa de Monitoreo, contenido en Resolución Exenta SMA N°920/2019, y que se detallan en la Tabla N° 1.1 del Anexo I de la presente Resolución. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros Cobre y Nitrógeno total Kjedhal, en el mes de septiembre del año 2022, según se detalla en la Tabla N° 1.2 del Anexo I de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5 SUPERAR EL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo contenido en Resolución Exenta SMA N°920/2019, en los períodos de febrero del 2022 a diciembre del 2023, según se detalla en la Tabla N° 1.3 del Anexo I de la presente Resolución. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2021-2912-XI-RCA 2021 Ver detalle
2 DFZ-2022-883-XI-NE 2022 Ver detalle
3 DFZ-2024-1091-XI-NE 2024 Ver detalle
4 DFZ-2023-1296-XI-NE 2023 Ver detalle
5 DFZ-2023-3115-XI-RCA 2023 Ver detalle