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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-040-2025

Fecha Inicio : 03-10-2025

Fecha Término:

Estado: En curso

Unidad fiscalizable

  • DRENAJE FRUTICOLA DOSAL FRUTICOLA DOSAL
    Curicó - Región del Maule

Titular

  • FRUTICOLA DOSAL LTDA.
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Unidad fiscalizable

  • DRENAJE FRUTICOLA DOSAL FRUTICOLA DOSAL
    Curicó - Región del Maule

Titular

  • FRUTICOLA DOSAL LTDA.
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 memo_designa_fiscal_instructora_N°690_2024 Otros 24-09-2025 Descargar
2 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 03-10-2025 Descargar
3 Notifica Res. EX. N°1_Titular Notificación Formulación de Cargos 11-10-2025 Descargar
4 Programa de Cumplimiento PDC Presentación 22-10-2025 Descargar
5 2. Previo a proveer venga en forma Otros 22-12-2025 Descargar
6 Notificación Res. Ex N°2 Otros 29-12-2025 Descargar
7 Formulario solicitud asistencia al cumplimiento Solicitud de Asistencia al Cumplimiento 05-01-2026 Descargar
8 Personeria Otros 05-01-2026 Descargar
9 Acta Reunion de Asistencia al Cumplimiento Registro de Asistencia al Cumplimiento 06-01-2026 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 NO REPORTAR LOS MONITOREOS DE AUTOCONTROL DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo N°3069/2006 correspondiente en diciembre del 2024, conforme se detalla en la Tabla N° 1.1 del Anexo I de la Formulación de Cargos. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 NO REPORTAR LOS REMUESTREOS SEGÚN LO ESTABLECIDO EN SU PROGRAMA DE MONITOREO Y/O LA NORMA DE EMISIÓN: El establecimiento industrial no reportó información asociada a los remuestreos de los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N°1.2 del Anexo I de la Formulación de Cargos: a) DBO5: en diciembre del 2023 y noviembre del 2024. b) Fósforo: en noviembre del 2024. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, respecto de los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N°1.3 del Anexo I de esta Formulación de Cargos; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000: NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2023-1868-VII-NE 2023 Ver detalle
2 DFZ-2025-2234-VII-NE 2025 Ver detalle
3 DFZ-2024-676-VII-NE 2024 Ver detalle