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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-007-2016

Fecha Inicio : 05-02-2016

Fecha Término: 30-11-2016

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 8,6 U.T.A. / Estado Pago : Pagada

Ir a Registro Público Sanción

Unidad fiscalizable

  • DAVID DEL CURTO S.A. (REQUINOA)
    Requínoa - Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Titular

  • DAVID DEL CURTO SPA.
Ver mapa

Unidad fiscalizable

  • DAVID DEL CURTO S.A. (REQUINOA)
    Requínoa - Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Titular

  • DAVID DEL CURTO SPA.
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 05-02-2016 Descargar
2 Otros Otros 04-02-2016 Descargar
3 Otros Otros 05-02-2016 Descargar
4 Res. Ex. N° 2 Nuevo domicilio Otros 11-03-2016 Descargar
5 Notificación FdC Correos Chile Otros 18-03-2016 Descargar
6 Solicita ampliación de plazo Otros 05-04-2016 Descargar
7 Resuelve solicitud ampliación de plazo Otros 05-04-2016 Descargar
8 Res. Ex. N° 4 Cierre Investigación Término de la Investigación 10-11-2016 Descargar
9 Not. Res. Ex. N° 4 Otros 10-11-2016 Descargar
10 Dictamen David del Curto S.A. Planta Requinoa Dictamen 16-11-2016 Descargar
11 MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE Otros 16-11-2016 Descargar
12 Resolución Sancionatoria Resolución Sancionatoria 30-11-2016 Descargar
13 Notificación Resolución Sancionatoria Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular 21-12-2016 Descargar
14 Presentación. Acredita Pago Otros 12-01-2016 Descargar
15 Resolución que acredita pago Resolución Acredita Pago de Multa Total 10-11-2017 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 El establecimiento industrial no informó los remuestreos del período de control de los meses de Marzo, Noviembre del año 2013 y Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo del año 2014, tal como se indica en la Tabla N° 2 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 Superación en los niveles máximos permitidos de ciertos contaminantes establecidos en la norma de emisión antes citada, durante el período controlado durante el mes de Enero, Abril y Mayo del año 2014; tal como se presenta en la Tabla 3 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2014-1265-VI-NE-EI 2013 Ver detalle
2 DFZ-2013-3831-VI-NE-EI 2013 Ver detalle
3 DFZ-2015-7102-VI-NE-EI 2015 Ver detalle
4 DFZ-2014-4552-VI-NE-EI 2014 Ver detalle
5 DFZ-2014-3155-VI-NE-EI 2014 Ver detalle
6 DFZ-2014-6307-VI-NE-EI 2014 Ver detalle
7 DFZ-2014-2993-VI-NE-EI 2014 Ver detalle
8 DFZ-2013-4926-VI-NE-EI 2013 Ver detalle
9 DFZ-2014-5122-VI-NE-EI 2014 Ver detalle
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 El establecimiento industrial no informó los remuestreos del período de control de los meses de Marzo, Noviembre del año 2013 y Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo del año 2014, tal como se indica en la Tabla N° 2 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 7.3
2 Superación en los niveles máximos permitidos de ciertos contaminantes establecidos en la norma de emisión antes citada, durante el período controlado durante el mes de Enero, Abril y Mayo del año 2014; tal como se presenta en la Tabla 3 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 1.3