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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-016-2020

Fecha Inicio : 18-03-2020

Fecha Término: 25-07-2023

Estado: Terminado - PDC Satisfactorio

Unidad fiscalizable

  • COLEGIO MADRE ADMIRABLE TEMUCO
    Temuco - Región de la Araucanía

Titular

  • FUNDACION MADRE ADMIRABLE
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Unidad fiscalizable

  • COLEGIO MADRE ADMIRABLE TEMUCO
    Temuco - Región de la Araucanía

Titular

  • FUNDACION MADRE ADMIRABLE
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 18-03-2020 Descargar
2 Notificación personal Notificación Formulación de Cargos 07-05-2020 Descargar
3 Memorandum 275 cambio fiscal Otros 08-05-2020 Descargar
4 PDC. PDC Presentación 29-05-2020 Descargar
5 F 016 2020 Aprueba PdC PDC Aprobación 09-07-2020 Descargar
6 Notifica mediante correo electrónico Notificación de Aprobación de PDC 10-07-2020 Descargar
7 Deriva PdC Otros 10-06-2020 Descargar
8 Designa instructores Otros 03-03-2020 Descargar
9 Informa ejecución satisfactoria PdC Informa ejecución satisfactoria de PDC 13-06-2023 Descargar
10 Declara Ejecución satisfactoria PdC Madre Admirable Resolución Final PDC 25-07-2023 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 Haber superado el valor de concentración máxima de emisión de MP en los informes isocinéticos de fechas 14 de enero de 2016; 10 de enero de 2017 y; 12 de febrero de 2018, respecto de la caldera con registro N°689 y, haber superado el valor de concentración máxima de emisión de MP en los informes isocinéticos de fechas 14 de enero de 2016; 10 de enero de 2017 y; 12 de febrero de 2018, respecto de la caldera con registro N°690 PPDA:8/2015
Link Detalle
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 No haber realizado la medición de sus emisiones de MP con la periodicidad indicada para las dos calderas grupales a leña con registro MINSAL N°689 y N°690, mediante un muestreo isocinético, para el periodo comprendido entre los años 2017-2018. PPDA:8/2015
Link Detalle
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda. Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2019-819-IX-PPDA 2019 Ver detalle
2 DFZ-2016-2802-IX-PPDA-IA 2016 Ver detalle