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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: D-066-2020

Fecha Inicio : 28-05-2020

Fecha Término:

Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución

Unidad fiscalizable

  • CES Y CULTIVO DE MITILIDOS PUERTO CURTZE ISLA RIESCO (RNA 120051)
    Río Verde - Región de Magallanes y la Antártica Chilena

Titular

  • PESCA SURIBERICA S.A.
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Unidad fiscalizable

  • CES Y CULTIVO DE MITILIDOS PUERTO CURTZE ISLA RIESCO (RNA 120051)
    Río Verde - Región de Magallanes y la Antártica Chilena

Titular

  • PESCA SURIBERICA S.A.
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 28-05-2020 Descargar
2 Memo designando fiscal instructor Otros 26-05-2020 Descargar
3 Correo electrónico confirmando para efectos de notificación Otros 25-06-2020 Descargar
4 Correo electrónico al titular Notificación Formulación de Cargos 26-06-2020 Descargar
5 Solicita aumento de plazos Otros 07-07-2020 Descargar
6 Resuelve solicitud aumento de plazos Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación) 08-07-2020 Descargar
7 PdC presentado por titular PDC Presentación 21-07-2020 Descargar
8 Deriva PDC a Jefatura DSC Otros 22-07-2020 Descargar
9 Res. Ex. N° 3 Realiza observaciones a PDC PDC - Observaciones de la SMA 03-08-2020 Descargar
10 PdC refundido del Titular PDC Refundido 12-08-2020 Descargar
11 Anexo PdC refundido Otros 12-08-2020 Descargar
12 Carta titular Otros 25-08-2020 Descargar
13 Aprueba PdC PDC Aprobación 27-08-2020 Descargar
14 Notificación de Aprobación de PDC Notificación de Aprobación de PDC 31-08-2020 Descargar
15 Solicitud modificación plazo acciones PDC Otros 01-12-2020 Descargar
16 Complementa solicitud Otros 10-12-2020 Descargar
17 Res Ex. N° 5 Otros 28-12-2020 Descargar
18 Notificación Res. EX. N° 5 Otros 28-12-2020 Descargar
19 Antecedentes Denuncia CES MITILIDOS PUERTO CURTZE Otros 28-05-2020 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 Emplazamiento de estructuras del proyecto fuera del área de concesión otorgada, consistentes en: - Dos balsas jaulas de cultivo de salmónidos; - El 97 % de los módulos de cultivo de mitílidos norte, y - El 47,8 % de los módulos de cultivo de mitílidos sur. RCA:41/2007
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 El Centro no cuenta con planes de contingencias que cumplan con las temáticas y contenidos mínimos dispuestos por el artículo 5 del D.S. MINECON N° 320/2001 (Reglamento Ambiental para la Acuicultura, RAMA). RCA:41/2007
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 Existencia de residuos y desechos sólidos propios de la acuicultura, sumergidos parcial o totalmente en el área del centro de cultivo; tanto dentro como fuera del área de concesión del mismo. RCA:41/2007
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 Disposición directa sobre el lecho marino de numerosas cuelgas utilizadas para el cultivo de mitílidos, sin dejar libre de estructuras el decil más profundo de la columna de agua. RCA:41/2007
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5 No mantener actualizado el Sistema de Seguimiento de RCA de la Superintendencia del Medio Ambiente, al no tener ingresada la información requerida por la Res. Ex. N° 574 de 02 de octubre de 2012, ni por la Res. Ex. N° 1610 de 20 de diciembre de 2018, para la RCA N° 41/2007. RSMA:1518/2013
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RSMA:1610/2018
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e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.