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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-112-2020

Fecha Inicio : 30-12-2020

Fecha Término: 25-03-2024

Estado: Terminado - PDC Satisfactorio

Unidad fiscalizable

  • FRUSAN - SAN BERNARDO
    San Bernardo - Región Metropolitana

Titular

  • FRUTERA SAN FERNANDO SOCIEDAD ANONIMA
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Unidad fiscalizable

  • FRUSAN - SAN BERNARDO
    San Bernardo - Región Metropolitana

Titular

  • FRUTERA SAN FERNANDO SOCIEDAD ANONIMA
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 30-12-2020 Descargar
2 notificacion fdc Notificación Formulación de Cargos 20-01-2021 Descargar
3 Programa de Cumplimiento PDC Presentación 10-02-2021 Descargar
4 Memorándum Designa Fiscal Otros 22-12-2020 Descargar
5 Memorándum Derivación de PDC Otros 05-05-2021 Descargar
6 Observaciones a PDC PDC - Observaciones de la SMA 03-11-2021 Descargar
7 Notificacion Res.Ex 2 Otros 05-11-2021 Descargar
8 PdC refundido PDC Refundido 19-11-2021 Descargar
9 Anexo 1 PdC refundido Otros 19-11-2021 Descargar
10 Anexo2 PdC Refundido Otros 19-11-2021 Descargar
11 Anexo 3 PdC Refundido Otros 19-11-2021 Descargar
12 Anexo 4 PdC Refundido Otros 19-11-2021 Descargar
13 Anexo 5 PdC Refundido Otros 19-11-2021 Descargar
14 Anexo 6 PdC Refundido Otros 19-11-2021 Descargar
15 Anexo 7 PdC Refundido Otros 19-11-2021 Descargar
16 Anexo 8 PdC Refundido Otros 19-11-2021 Descargar
17 Anexo 9 PdC Refundido Otros 19-11-2021 Descargar
18 Carta conductora PDC Refundido PDC Refundido 17-01-2023 Descargar
19 Programa de Cumplimiento refundido PDC Refundido 17-01-2023 Descargar
20 Aprueba PdC Frusan PDC Aprobación 23-01-2023 Descargar
21 Notificación Aprobación de PdC Otros 26-01-2023 Descargar
22 Memorándum D.S.C N° 41/2024 Informa ejecución satisfactoria de PDC 29-01-2024 Descargar
23 Res. Ex. N° 401 SMA 2024 declara la ejecución del PDC y pone término al procedimiento Resolución Final PDC 25-03-2024 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 NO REPORTAR LOS MONITOREOS DE AUTOCONTROL DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N° 4928, de fecha 12 de noviembre de 2012), correspondiente a los períodos que a continuación se indican y que se detallan en la Tabla Nº 3 del Anexo de la presente Resolución: - En los meses de enero, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2018. NE:46/2002
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó los siguientes parámetros de su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N° 4928, de fecha 12 de noviembre de 2012), durante los periodos que a continuación se indican y que se detallan en la Tabla Nº 4 de la presente Resolución: a) En el mes de diciembre de 2018: Aluminio, arsénico, benceno, boro, cadmio, cianuro, cobre, cromo hexavalente, fluoruro, hierro disuelto, manganeso, mercurio, molibdeno, N-Nitrato+N-Nitrato, níquel, pentaclorofenol, plomo, selenio, sulfato, sulfuro, tetracloroeteno, tolueno, triclorometano, xileno, zinc. b) En los meses febrero, marzo, abril, mayo y junio del año 2018 y en los meses de enero, febrero, maro y mayo de 2019: Aceites y Grasas. c) En el mes de diciembre de 2019: Hierro disuelto -En el mes de febrero de 2018 y en los meses de enero, febrero, marzo y mayo de 2019: N-Nitrato+N-Nitrato. d) En los meses de febrero y mayo de 2018, abril, noviembre y diciembre de 2019, y febrero de 2020: Ph. e) En los meses de enero, febrero, marzo y mayo de 2019: sulfato. NE:46/2002
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 NO REPORTAR LA FRECUENCIA DE MONITOREO EXIGIDA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N° 4928, de fecha 12 de noviembre de 2012), para los siguientes parámetros durante los períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla Nº 5 del Anexo de la presente Resolución: a) Caudal: en los meses de: abril, junio y diciembre de 2018; en los meses enero, febrero, marzo, mayo, agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2019; en los meses de enero, febrero y marzo de 2020. b) pH: en los meses de marzo, abril, junio y diciembre de 2018; en los meses de enero, febrero, marzo, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2019; en los meses de enero, marzo, abril y mayo de 2020 NE:46/2002
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 NO REPORTAR LOS REMUESTREOS SEGÚN LO ESTABLECIDO EN SU PROGRAMA DE MONITOREO Y/O LA NORMA DE EMISIÓN: El establecimiento industrial no reportó información asociada a los remuestreos de los siguientes parámetros durante los períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 6 de la presente Resolución: a) Aceites y Grasas: en el mes de diciembre de 2018 b) Cadmio: en los meses de abril y junio del 2018. c) Cloruros: en los meses de abril, mayo y junio de 2018. d) Sulfato: en los meses de marzo, mayo y junio de 2018. NE:46/2002
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5 SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 10 del D.S. N° 46/2002, para los parámetros que a continuación se indican durante los períodos que a continuación se señalan y que se detallan en la Tabla N° 7 del Anexo de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el artículo N° 25 del D.S. N° 46/2002: NE:46/2002
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6 SUPERAR EL LIMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N° 4928, de fecha 12 de noviembre de 2012), en los períodos que a continuación se indican y que se detallan en la Tabla N° 8 del Anexo de la presente Resolución: NE:46/2002
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2015-1537-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
2 DFZ-2016-6649-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
3 DFZ-2015-4222-XIII-NE-EI 2015 Ver detalle
4 DFZ-2015-5095-XIII-NE-EI 2015 Ver detalle
5 DFZ-2014-1892-XIII-NE-EI 2013 Ver detalle
6 DFZ-2016-5239-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
7 DFZ-2017-721-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
8 DFZ-2019-2387-XIII-NE 2019 Ver detalle
9 DFZ-2013-2628-XIII-NE-EI 2013 Ver detalle
10 DFZ-2013-2724-XIII-NE-EI 2013 Ver detalle
11 DFZ-2014-740-XIII-NE-EI 2013 Ver detalle
12 DFZ-2016-7735-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
13 DFZ-2014-4473-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
14 DFZ-2017-1258-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
15 DFZ-2015-3556-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
16 DFZ-2015-5808-XIII-NE-EI 2015 Ver detalle
17 DFZ-2015-5331-XIII-NE-EI 2015 Ver detalle
18 DFZ-2015-7974-XIII-NE-EI 2015 Ver detalle
19 DFZ-2014-6195-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
20 DFZ-2015-3225-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
21 DFZ-2016-1150-XIII-NE-EI 2015 Ver detalle
22 DFZ-2019-2388-XIII-NE 2019 Ver detalle
23 DFZ-2014-2769-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
24 DFZ-2017-2664-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
25 DFZ-2015-2665-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
26 DFZ-2016-6346-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
27 DFZ-2020-3826-XIII-NE 2020 Ver detalle
28 DFZ-2016-5792-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
29 DFZ-2015-9197-XIII-NE-EI 2015 Ver detalle
30 DFZ-2016-59-XIII-NE-EI 2015 Ver detalle
31 DFZ-2015-2115-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
32 DFZ-2014-5043-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
33 DFZ-2015-742-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
34 DFZ-2020-2075-XIII-NE 2020 Ver detalle
35 DFZ-2014-5613-XIII-NE-EI 2014 Ver detalle
36 DFZ-2013-2651-XIII-NE-EI 2013 Ver detalle
37 DFZ-2013-6467-XIII-NE-EI 2013 Ver detalle
38 DFZ-2016-7428-XIII-NE-EI 2016 Ver detalle
39 DFZ-2023-2654-XIII-PC 2023 Ver detalle