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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: D-258-2021

Fecha Inicio : 06-12-2021

Fecha Término:

Estado: En curso

Unidad fiscalizable

  • EMBALSE PUNILLA
    Coihueco - Región de Ñuble

Titular

  • SOCIEDAD CONCESIONARIA AGUAS DE PUNILLA S.A
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Unidad fiscalizable

  • EMBALSE PUNILLA
    Coihueco - Región de Ñuble

Titular

  • SOCIEDAD CONCESIONARIA AGUAS DE PUNILLA S.A
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Memorándum Designa Fiscal Instructor Otros 06-12-2021 Descargar
2 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 06-12-2021 Descargar
3 Notificación FdC Notificación Formulación de Cargos 06-12-2021 Descargar
4 Acta notificación personal fallida Otros 06-12-2021 Descargar
5 Entrega material FdC Otros 07-12-2021 Descargar
6 Resolución Exenta N° 2 Suspende procedimiento Otros 27-12-2021 Descargar
7 Notificación personal Res. Ex. N° 2 Otros 27-12-2021 Descargar
8 Designa Fiscal Instructor Titular y Suplente Otros 06-02-2024 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 La actualización al Plan de Desarrollo Social no se realizó con la anticipación mínima establecida en la evaluación ambiental para el Plan de Relocalización, debiendo haber sido 90 días previos al inicio de la etapa de construcción del proyecto. RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2 Exclusión de la materia ganadera en la actualización del Plan de Desarrollo Social RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3 No se aplicó la medida de mitigación para permitir minimizar el impacto de la relocalización, consistente en la contratación de las asesorías/consultorías necesarias, para subsanar aquellos problemas y/o imprevistos que surgieran durante la implementación del Plan de Desarrollo Social, como la falta de instrumentos para abordar la baja adhesión al PDS y los problemas de conectividad generados por la expropiación de los predios. RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4 No contar con el Reglamento del Comité de Gestión y Evaluación del Plan de Desarrollo Social ni realizar sus reuniones con la periodicidad establecida en dicho plan. RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5 No se acreditó la ejecución del proceso de traslado e instalación en destino final para los casos de personas afectadas por reasentamiento. RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6 No se acreditó la ejecución de la medida consignada para apoyar el embalaje de los enseres del hogar para el caso de personas afectadas por la relocalización. RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7 No se realizó el seguimiento posterior a la entrega del bono de 60 UF por familia relacionado con la asistencia técnica, transferencia de insumos y tecnología a través del acceso a subsidios y créditos CORFO, INDAP, FOSIS, entre otros). RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
8 Falta en la implementación de la medida relacionada con la promoción de la salud mental y enfrentamiento de crisis, esto pues: i) Las fichas de los afectados por la TPM del sector Punilla carecen de información relevante, como detalle del horario de la atención, medios de verificación ante la ausencia de moradores e informes psicológicos; ii) Periodicidad regular en la realización de las visitas. RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
9 No se ha ejecutado el plan de seguimiento ambiental, vinculado a asentamientos humanos, de forma trimestral. RCA:18/2010
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10 El titular, a la fecha, no ha actualizado la información asociada a la RCA N° 18/2010 en el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental. RCA:18/2010
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e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2017-5642-VIII-RCA-IA 2017 Ver detalle
2 DFZ-2018-1301-VIII-RCA 2018 Ver detalle