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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: F-088-2022

Fecha Inicio : 05-12-2022

Fecha Término:

Estado: En curso

Unidad fiscalizable

  • LACTEOS TINGUIRIRICA
    Chimbarongo - Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Titular

  • LACTEOS TINGUIRIRICA S.A.
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Unidad fiscalizable

  • LACTEOS TINGUIRIRICA
    Chimbarongo - Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Titular

  • LACTEOS TINGUIRIRICA S.A.
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Designa instructores Otros 09-11-2022 Descargar
2 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 05-12-2022 Descargar
3 Notifica FDC personalmente Notificación Formulación de Cargos 08-02-2023 Descargar
4 cens Descargos presentados el 08 03 23 Censurado Descargos 08-03-2023 Descargar
5 Anexo descargos Otros 08-03-2023 Descargar
6 Tiene presente descargos Resolución tiene presente descargos 26-07-2023 Descargar
7 Comprobante envío carta certificada disponible para retiro Otros 02-08-2023 Descargar
8 Dictamen Dictamen 23-08-2023 Descargar
9 Resolución sancionatoria Resolución Sancionatoria 05-09-2023 Descargar
10 Notificación personal de resolución sancionatoria al titular Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular 08-09-2023 Descargar
11 Recurso de reposición Presentación de Reposición 15-09-2023 Descargar
12 Anexos recurso de reposición Otros 15-09-2023 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó en los reportes de autocontrol de su Programa de Monitoreo, correspondiente al mes de enero de 2021; conforme a lo exigido en la Res. Ex. SISS N°1741/2010, según se detalla en la Tabla N° 1.1 del Anexo N°1 de la presente resolución. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 NO REPORTAR LA FRECUENCIA DE MONITOREO EXIGIDA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en la Res. Ex. SISS N°1741/2010, para todos los puntos de descarga señalados en la Tabla N° 1.2 del Anexo N°1 de la presente resolución, correspondiente a su Programa de Monitoreo mensual asociado al D.S. N° 90/2000, en el mes de enero de 2021. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3 SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000 en relación con su Programa de Monitoreo (Res. Ex. SISS N°1741/2010), para los parámetros que indica la Tabla N° 1.3 del Anexo N°1 de esta resolución, durante el mes de febrero de 2020; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4 SUPERAR EL LIMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo mensual asociado al D.S. 90/2000 (Res. Ex. SISS N°1741/2010), en los meses de febrero y diciembre de 2021; según se detalla en la Tabla N° 1.4 del Anexo N°1 de la presente resolución. NE:90/2000
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g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2015-8689-VI-NE-EI 2015 Ver detalle
2 DFZ-2016-5665-VI-NE-EI 2016 Ver detalle
3 DFZ-2014-1944-VI-NE-EI 2013 Ver detalle
4 DFZ-2013-4108-VI-NE-EI 2013 Ver detalle
5 DFZ-2020-776-VI-NE 2020 Ver detalle
6 DFZ-2014-5957-VI-NE-EI 2014 Ver detalle
7 DFZ-2021-1342-VI-NE 2021 Ver detalle
8 DFZ-2020-778-VI-NE 2020 Ver detalle
9 DFZ-2015-9370-VI-NE-EI 2015 Ver detalle
10 DFZ-2022-867-VI-NE 2022 Ver detalle
11 DFZ-2020-777-VI-NE 2020 Ver detalle
12 DFZ-2014-191-VI-NE-IA 2014 Ver detalle