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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: D-257-2025

Fecha Inicio : 09-10-2025

Fecha Término:

Estado: En curso

Unidad fiscalizable

  • PROLESUR
    Los Lagos - Región de Los Ríos

Titular

  • PROLESUR S.A.
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Unidad fiscalizable

  • PROLESUR
    Los Lagos - Región de Los Ríos

Titular

  • PROLESUR S.A.
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Memo designa fiscales 719/2025 Otros 09-10-2025 Descargar
2 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 09-10-2025 Descargar
3 Carta certificada Notificación Formulación de Cargos 15-10-2025 Descargar
4 Solicitud de asistencia al cumplimiento Solicitud de Asistencia al Cumplimiento 27-10-2025 Descargar
5 Acta de asistencia Registro de Asistencia al Cumplimiento 28-10-2025 Descargar
6 Presentación de PDC y respuesta al requerimiento de información PDC Presentación 05-11-2025 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 2 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 1 del Anexo de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000: a) Coliformes fecales o Termotolerantes: en junio de 2024. b) DBO5: en noviembre de 2022 y junio de 2024. c) Hierro Disuelto: en noviembre de 2022. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2 SUPERAR EL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo (RPM N° 523/2020), y en la RCA N° 763/2006, en los períodos que a continuación se indican y que se detallan en la Tabla N° 2 del Anexo de la presente Resolución: a) Octubre de 2022. b) Enero a julio, septiembre, noviembre y diciembre de 2023. c) Enero a junio, y diciembre de 2024. NE:90/2000
Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2025-3273-XIV-NE 2025 Ver detalle
2 DFZ-2021-1462-XIV-NE 2021 Ver detalle
3 DFZ-2024-1045-XIV-NE 2024 Ver detalle
4 DFZ-2022-2719-XIV-NE 2022 Ver detalle
5 DFZ-2023-286-XIV-NE 2023 Ver detalle