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Procedimientos Sancionatorios

Expediente: D-141-2021

Fecha Inicio : 30-06-2021

Fecha Término: 19-04-2024

Estado: Terminado - Sanción

Multa: 673 U.T.A. / Estado Pago : Pendiente

Ir a Registro Público Sanción

Unidad fiscalizable

  • EXTRACCION ARIDOS SOPRAMAT CAUCE DEL RIO DIGUILLIN - SECTOR LOS TILOS
    Bulnes - Región de Ñuble

Titular

  • SOCIEDAD PRODUCTORA DE ARIDOS SERVICIOS Y TRANSPORTE LIMITADA
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Unidad fiscalizable

Titular

  • SOCIEDAD PRODUCTORA DE ARIDOS SERVICIOS Y TRANSPORTE LIMITADA
# Nombre Documento Tipo Documento Fecha Link
1 Memo designa Fiscal Instructora Otros 30-06-2021 Descargar
2 Formulación de Cargos Formulación de Cargos 30-06-2021 Descargar
3 Antecedentes Los Tilos Otros 30-06-2021 Descargar
4 Notificacion personal Notificación Formulación de Cargos 09-07-2021 Descargar
5 Carta Descargos SOPRAMAT JUL2021 Descargos 27-07-2021 Descargar
6 Designa nuevo Fiscal Instructor Otros 02-12-2021 Descargar
7 Res. Ex. 2 Solicita pronunciamiento al SEA y suspende procedimiento Suspensión 28-02-2022 Descargar
8 Notificación personal Res. Ex. 2 Otros 01-03-2022 Descargar
9 Notificación Res. Ex. 2 Denunciantes Otros 14-04-2022 Descargar
10 Memorándum N° 36718/2022 Otros 31-08-2022 Descargar
11 Presentación Interesado Otros 01-09-2022 Descargar
12 Res. Ex. N° 3 Reanuda procedimiento e incorpora documentos Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido 20-09-2022 Descargar
13 Memorándum 39869/2022 con notificación y nueva acta Otros 21-09-2022 Descargar
14 Res. Ex. N° 4 Decreta cierre de la investigación Término de la Investigación 27-09-2022 Descargar
15 Dictamen Dictamen 29-09-2022 Descargar
16 Notificación R.E. N° 4 Otros 03-10-2022 Descargar
17 Resolución Sancionatoria Resolución Sancionatoria 13-10-2022 Descargar
18 Notificación Resolución Sancionatoria a Terceros Notificación de Resolución Sancionatoria a Terceros 19-10-2022 Descargar
19 Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular 21-10-2022 Descargar
20 Presentación de Reposición Presentación de Reposición 28-10-2022 Descargar
21 Res. Ex. 2120/2022 Traslado Otros 02-12-2022 Descargar
22 Notificación del Traslado a Interesado Otros 14-12-2022 Descargar
23 Evacúa Traslado Otros 16-12-2022 Descargar
24 Resolución Reposición Resolución Reposición 27-01-2023 Descargar
25 Notificación personal de la Res. Ex. N°188 Notificación Resolución Reposición 21-02-2023 Descargar
26 Notificación RES 188 a Terceros Otros 01-03-2023 Descargar
27 Reclamación SOPRAMAT Notificación de reclamación 06-03-2023 Descargar
28 Sentencia R 5 2023 3TA rechaza reclamacion Sentencia de Tribunal Ambiental 30-11-2023 Descargar
29 Casación SOPRAMAT 3TA Notificación Casación 20-12-2023 Descargar
30 Sentencia Corte Suprema Sentencia Corte Suprema 19-04-2024 Descargar
31 Cúmplase sentencia en causa Rol R_5_2023 Cúmplase Sentencia Tribunal Ambiental 30-04-2024 Descargar
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
1 No se han cumplido las exigencias para las faenas de extracción, lo que se expresa en: (a) El área de extracción actual se encuentra en la columna de agua del río Diguillín, y no fuera de este. (b) Se encuentra excavadora en el lecho del cauce, y no en las islas en su interior. (c) Hay zonas de extracción que se materializan bajo la cota de escurrimiento. (d) Creación de un pretil de 1,5 m dentro del cauce, de 240 m de largo. RCA:161/2008
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2 El estanque de almacenamiento de combustible no cumple con las condiciones de seguridad que dicen relación con un pretil de seguridad. RCA:161/2008
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3 Modificación al proyecto de extracción de áridos desde pozo lastre sin evaluación ambiental previa a su ejecución, consistente en extracción en una superficie intervenida no evaluada, correspondiente a extracción distinta, desde pozo lastre, por un total de 9,76 ha. RCA:161/2008
Link Detalle
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3° Graves
d) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
4 Falta de entrega de información solicitada en el Requerimiento en acta de inspección ambiental de fecha 28 de febrero de 2020. Requerimientos de Información j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
# Expediente de fiscalización Año actividad Detalle
1 DFZ-2020-1042-XVI-RCA 2020 Ver detalle
2 DFZ-2022-591-XVI-RCA 2022 Ver detalle
# Hecho Instrumento Infringido Infracción
(Art.35 LOSMA)
Clasificación
(Art. 36 LOSMA)
Sanción Multa
(UTA)
1 No se han cumplido las exigencias para las faenas de extracción, lo que se expresa en: (a) El área de extracción actual se encuentra en la columna de agua del río Diguillín, y no fuera de este. (b) Se encuentra excavadora en el lecho del cauce, y no en las islas en su interior. (c) Hay zonas de extracción que se materializan bajo la cota de escurrimiento. (d) Creación de un pretil de 1,5 m dentro del cauce, de 240 m de largo. RCA:161/2008
Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A. 388
2 El estanque de almacenamiento de combustible no cumple con las condiciones de seguridad que dicen relación con un pretil de seguridad. RCA:161/2008
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a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental Graves
e) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A. 11
3 Modificación al proyecto de extracción de áridos desde pozo lastre sin evaluación ambiental previa a su ejecución, consistente en extracción en una superficie intervenida no evaluada, correspondiente a extracción distinta, desde pozo lastre, por un total de 9,76 ha. RCA:161/2008
Link Detalle
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3° Graves
d) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
Multa de una a diez mil U.T.A. 273
4 Falta de entrega de información solicitada en el Requerimiento en acta de inspección ambiental de fecha 28 de febrero de 2020. - j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley Leves
Hecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A. 1.1